Crónicas de 2 siglos 1824-2024 – Nro. 51

Abril 1824

1 de abril

Fracaso de Ramón Freire en conquistar Chiloé.

Primera expedición: Para 1824 el gobierno chileno planificó una poderosa operación combinada. El plan original esperaba transportar tres a cuatro mil soldados en la expedición.​ Al final fue más modesta pero estaba dirigida por el director Supremo Freire en persona. Largo sería enumerar las diferentes acciones desarrolladas por la expedición, resumiendo podemos afirmar que el desconocimiento del terreno, las condiciones climáticas del teatro de operaciones y los diferentes errores tácticos cometidos en tierra por Freire, posibilitaron a las tropas del Coronel Quintanilla rechazar a las fuerzas invasoras, obligándolas a reembarcarse y retirarse de la isla con una derrota aumentada con la varada y pérdida de la corbeta «Voltaire», recientemente adquirida.

Fuentes:

Diarios, Memorias y Relatos Testimoniales

Incorporación de Chiloé a la Soberanía Nacional – 22 de enero de 1826 

Conquista de Chiloé 

2 de abril

Juan Gregorio de Las Heras asume el gobierno de la Provincia de Buenos Aires. (1824-1826)

El ministro Bernardino Rivadavia lo envió en misión diplomática al Alto Perú, a negociar con los últimos realistas, pero fracasó por la intransigencia de estos. Estaba en viaje de regreso, cuando fue elegido gobernador de la provincia de Buenos Aires, cargo que asumió en mayo de 1824. Continuó el impulso progresista de su antecesor Martín Rodríguez, y firmó un tratado con Inglaterra, que incluía el reconocimiento de la independencia argentina.

Juan Gregorio de Las Heras

22 de abril

Reafirmación del Cabildo de Montevideo a la “sabia” redacción de la Constitución brasileña del 25 de marzo pasado.

Fuentes:

Walter Rela, Uruguay Cronología Histórica documentada 3.

25 de abril

Lectura de la Constitución del Imperio del Brasil en la Banda Oriental.

Previo a la jura de la Constitución Imperial brasileña dispuesta por Lecor, se da lectura pública del texto a todos los vecinos de la ciudad y de su jurisdicción.

En dos libros abiertos al efecto, se estamparían las firmas de quienes la aceptaban en uno y de los que no en el otro.

Fuentes

Constitución brasileña de 1824

Walter Rela, Uruguay Cronologia Histórica documentada 3.

Crónicas de 2 siglos 1824-2024 – Nro. 50

Marzo 1824

9 de marzo

Principio de entendimiento entre Olañeta y el enviado del virrey. Conflicto entre liberales y absolutista.

Jerónimo Valdés, quien partió de Arequipa, fue enviado por el virrey hacia Potosí y le propuso un arreglo pacífico mediante la llamada entrevista de Tarapaya, ocurrida en la población homónima (afueras de Potosí) el 9 de marzo de 1824. Olañeta mostró las comunicaciones que había recibido de España y exigió la restauración del absolutismo y la separación de los gobernadores La Hera y Maroto. Valdés accedió a las exigencias de Olañeta y se convino que el brigadier Francisco Javier Aguilera (o el coronel Guillermo Marquiegui si aquel no podía) quedara como presidente de Charcas. En Potosí Olañeta podría elegir un gobernador y todo el Alto Perú quedaría bajo su mando con la obligación de enviar mensualmente dinero al Cusco y asistir con tropas si los revolucionarios desembarcaban en las costas de adyacentes del océano Pacífico entre Iquique y Arequipa.

Artículo 1.º: Que el general don Pedro Antonio de Olañeta reconoce y obedece en lo militar y politico al Excmo. señor virey D. José de La Serna, como lo ha hecho siempre, sin que haya la menor variacion del estado en que ha estado siempre, como asimismo al señor general en jefe del ejército del Sur mariscal decampo D. Gerónimo Valdés.

Artículo 7.º: La expresada division de vanguardia se compondrá de los batallones de la Union, Cazadores antes Chichas, Dragones-Americanos, debiendo aumentarse hasta la fuerza de cuatro escuadrones, del de Cazadores-Montados antes de Tarija, el cual se podrá aumentar á la fuerza de dos, si es posible, del de dragones de Santa Victoria y del de la Laguna, siempre que no sea necesario en aquella provincia y seis piezas de artilleria con sus respectivos artilleros.

El objeto del convenio había sido ganar tiempo en espera de los acontecimientos que se esperaban en Lima, en donde José Canterac negociaba secretamente con el gobierno republicano. Valdés, con la excusa de enviar tropas contra la Republiqueta de Ayopaya que comandaba José Miguel Lanza, no desocupó las intendencias de Cochabamba y de La Paz como había convenido en Tarapaya.

Fuentes

https://es.wikipedia.org/wiki/Rebeli%C3%B3n_de_Ola%C3%B1eta

25 de marzo

Primera constitución de Brasil. 

El emperador Pedro I jura una Constitución liberal presentada por el Consejo de Estado «La Asamblea constituyente inició sus trabajos el 3 de mayo de 1823, cuando el emperador Don Pedro I pronunció un discurso sobre lo que esperaba de los legisladores. Entre los diputados constituyentes había 22 sacerdotes y una parte importante de los constituyentes tenía orientación liberal: querían una monarquía que respetara los derechos individuales, delimitando los poderes del emperador. D. Pedro I quería a su vez ejercer su poder sobre el legislativo, a través del control del voto, lo que provocó una trifulca entre ambos bandos. D. Pedro I mandó al ejército invadir el plenario del 12 de noviembre de 1823, deteniendo a varios diputados. Este episodio es conocido como la «»noche de la agonía»».

Hecho esto, reunió a diez ciudadanos de su entera confianza, pertenecientes al Partido Portugués, entre ellos João Gomes de Silveira Mendonça, marquês de Sabará. Tras algunas discusiones a puerta cerrada, estos diez ciudadanos redactaron la primera constitución de Brasil el día 25 de marzo de 1824, siendo escrita por el archivero de las bibliotecas reales, Luís Joaquim de Santos Marruecos. D. Pedro I repetiría el proceso para otorgar la Carta Magna dos años después, cuando ya era también Pedro IV de Portugal y se elaboraba la Constitución portuguesa de 1826. 

Fuentes:

https://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_brasile%C3%B1a_de_1824

Proclama del Gral. J. Lavalleja al pueblo de la Prov. Oriental

Canelones, Octubre 12 de 1827

Compatriotas: vuestros votos, al tiempo que me hallo destinado al

mando del ejército, me llaman a encargarme el mando de la Provincia

para modificar su administración, de un modo compatible con las opera-

ciones de la guerra en que se haya empeñada; y cumpliendo con vues-

tros generales sentimientos, he tomado el mando con esta fecha, hacien-

do cesar en sus funciones, según vuestra espresa voluntad, a la H. Sala

de Representantes, y gobierno sustituto. Pronto se arreglará su adminis-

tración interior económica; y se simplificara cuanto sea posible el creci-

do número de empleados a fin de que la provincia bien manejada tenga

fondos de que disponer.

En cuanto consiga estos importantes obgetos, delegare el mando en

persona que merezca mi confianza, y la vuestra, para marchar con el

ejercito al frente de los enemigos donde conquistare don las armas la

libertad de nuestro territorio.

Yo promoví, compatriotas, la libertad de la provincia. Yo la he

puesto en el punto en que hoy se mira, por la defensa de sus de-

rechos; y os prometo que no omitiré ningún sacrificio que sea para

conseguirlo. Vivid tranquilos, pues cuando yo marche a la campana

dejare al mando de los negocios de la provincia quién sepa hacer res

petar su libertad y su nombre.

Canelones y Octubre 12 de 1827

JUAN ANTONIO LAVALLEJA

Joaquín Revíllo.

Teniente coronel secretario. Canelones: imprenta de la Provincia Oriental

Fuente: http://bibliotecadigital.bibna.gub.uy:8080/jspui/handle/123456789/47419

Crónicas de 2 siglos 1824-2024 – Nro. 49

Febrero 1824

5 de febrero

Sublevación o motín del Callao, que vuelve a manos realistas.

En la Fortaleza del Real Felipe en el Callao, durante las campañas de Simón Bolívar en la Independencia del Perú, cuando se sublevaron unidades chilenas, grancolombianas, peruanas y argentinas y se pasaron al bando español. 

El hecho significó la casi desaparición de las fuerzas llevadas al Perú por el general José de San Martín, por lo que el historiador argentino Bartolomé Mitre escribió: quedando así disuelto por el motín y la traición el memorable ejército de los Andes.1​ El general Cirilo Correa asumió luego el comando de los restos de la División de los Andes de la expedición libertadora, reducida a oficiales sin unidades a su mando y un escuadrón del Regimiento de Granaderos a Caballo que combatió en las batallas de Junín y Ayacucho y quedó en la retaguardia en la Batalla de Corpahuaico, regresando sus hombres a Buenos Aires luego de la capitulación realista en Ayacucho. Tras el motín, las unidades chilenas quedaron disueltas por completo en el Perú. El 31 de enero de 1825 mientras aún se mantenía el sitio del Callao, el almirante Manuel Blanco Encalada negoció con el jefe realista Rodil la liberación de 16 oficiales chilenos quienes se encontraban prisioneros en las fortalezas desde el alzamiento de la guarnición

El regimiento de granaderos a caballo de los Andes también se amotinó en Lurín el 14 de febrero, dos escuadrones se dirigieron al Callao para unirse a sublevados, pero al saber que se habían pasado a los realistas, un centenar de ellos con los jefes del regimiento se dirigieron a Lima para unirse a Bolívar. El cuerpo fue luego reorganizado por el general Mariano Necochea por orden de Simón Bolívar..

Ante tales sucesos,​ el ministro de Colombia, Joaquín Mosquera, «temiendo la ruina de nuestro ejército» preguntó:«¿Y qué piensa Ud. hacer ahora?», a lo que Bolívar, con tono decidido, le respondió:

¡Triunfar!

Simón Bolívar, Pativilca, 1824.

Fuentes:

https://es.wikipedia.org/wiki/Sublevaci%C3%B3n_del_Callao

6 de Febrero

Respuesta de Brasil a Buenos Aires sobre su posición política con relación a la Provincia Oriental.

CONTESTACIÓN DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES DEL BRASIL.

El abajo firmado, Consejero, Ministro y Secretario de Estado de los Negocios Extranjeros, elevó á la augusta presencia de S. M. el Emperador, las dos últimas notas que el señor don José Valentin Gomez, Comisionado del Gobierno de Buenos Aires en esta Córte, acaba de diri­jule. datadas en 27 de Enero y 5 de Febrero de este año, insistiendo, de orden de su Gobierno, en la solici­tud de una respuesta terminante sobre el asunto de reintegrarse á la Provincia de Buenos Aires, la Provincia de Montevideo. El abajo firmado después de asegurar al señor Comisionado que la demora que ha habido en dar á su merced la pronta contestación que solicita, en lugar de ser inconsecuente con los deseos protestados por el Ministerio de S. M. I. é inconciliables con los derechos é intereses del Gobierno de Buenos Aires, cuya considera­ción pareció á su merced imponerle el deber de pedir por la última vez las explicaciones á que se refieren las demás notas, es al contrario una prueba de lo mucho que el Go­bierno del Brasil desea acertar en el desempeño de sus transacciones políticas con el Estado de Buenos Aires, procurando un intervalo razonable para recibir las infor­maciones que debían ilustrarlo y que le sirviesen de bases para apreciar debidamente los referidos derechos é intere­ses de aquel Gobierno limítrofes y después de considerar también, el abajo firmado, que no debiera ser otra la inter­pretación dada á la demora de esta respuesta, una vez que hubiese la consideración de que este Gobierno, así como ahora responde categóricamente al señor Comisio­nado, porque ya se halla provisto de las informaciones que necesitaba, lo habría hecho anteriormente, luego que su merced hizo la primera apertura, si tales informaciones finales hubieran existido; recibió orden de S. M. el Empe­rador para que con la franqueza y sinceridad que rijen á este Gobierno, someta á la consideración de su merced, en respuesta á su nota lo siguiente: —Que á no ser los constan­tes deseos de S. M. I. para mostrar al Gobierno de Buenos Aires el aprecio que hace de él y no queriendo en conse­cuencia que una mayor dilación en la exijida decision, hi­ciese dudar de ellos, podríase demostrar en respuesta cuán impracticable era dar una decision definitiva sobre el nego­cio de la reintegración de Montevideo á la Provincia de Buenos Aires, por los mismos principios en que su merced se funda para exijirla; pues fundándose su merced princi­palmente en la voluntad de la Provincia de Montevideo, que desea y pide á Buenos Aires su separación del Impe­rio, y habiendo por el contrario toda presunción jurídica de que los Montevideanos no desean semejante separación, solo quedaría en tal divergencia de opiniones, en el caso de sincera duda, y aun estando lijo el derecho de re­clamación por pai te de Buenos Aires, el recurso de con­sultarle públicamente, la voluntad general del Estado Cis­platino; recurso por tanto innecesario y falible. Innece­sario por haberse ya conocido por los medios posibles esa voluntad general y ser mas presumible que se dé crédito al Congreso de los Representantes de todo el Estado que en 1821 resolvió su incorporación al Brasil, á las actas de todos los Cabildos de la campana, que subsecuentemente aclamaron á S. M. I., lo reconocieron y nombraron electores para elejir diputado que los repre­sentase en la Asamblea General Brasilera, que darse crédito al simple e ilegal Cabildo de la única ciudad de Montevideo, que en medio de los partidos que una influencia extranjera allí promueve, requiere á Buenos Aires, una incorporación que no es adoptada por los otros Cabildos. -Falible, porque aun cuando se tuviese por nada la ex­presión ya anunciada de la voluntad general de los Montevideanos á favor de su incorporación á este Imperio y se quisiese consultarlos nuevamente para satisfacer las recla­maciones del Gobierno de Buenos Aires, no podría esto efectuarse:—1.º Porque estando la campana guarnecida por tropas brasileras indispensables á la seguridad y de­fensa de sus habitantes, y estando aun por otro lado la ciudad de Montevideo ocupada militarmente por tropas portuguesas, contrarias á aquellas, toda y cualquier de­claración popular se reputaría mutuamente coacta é ilegal por ambos partidos, y se entraría nuevamente en el círcu­lo de que ahora el Señor Comisionado desea salir.—2.º Por­que es constante que si existe algún partido en el Estado Cisplatino á favor de Buenos Aires, de lo que no se podría racionalmente dudar, cuando así lo dice el señor Comi­sionado y cuando hasta en países mas consolidados exis­ten divergencias de opiniones políticas; también es cons­tante, que á causa de la lucha pendiente entre las armas que ocupan la Provincia, se han desenvuelto otros parti­dos diferentes, fomentados por los enemigos del Imperio y de los propios Montevideanos, como es de los que quieren la union á Portugal y á la Inglaterra y los que aspiran á la independencia absoluta del Estado Cisplatino, los cua­les aunque poco numerosos y diseminados en la grande masa de los que desean y juraron mantener su incorpora­ción al Imperio, ofrecen con todo en semejante fermenta­ción, los mayores obstáculos para colegirse la expresión de una voluntad general libremente enunciada.—Agréguese á estas razones que la decision exijida solo debía pertenecer, constitucionalmente hablando, al poder legis­lativo, principalmente después que el asunto de la incorpo­ración del Estado Cisplatino pase á ser objeto constitu­cional; sobre el cual la pasada Asamblea General del Brasil no solo legisló, sino que fué en sentido opuesto á las pretensiones del señor Comisionado; y aun que en el estado actual de las cosas, no esté reunida nueva Asam­blea Legislativa, S. M. I. no desearía, á pesar de eso, tomar por sí una decision fija, por ser obvio, que en paí­ses de Gobierno Representativo, pertenece exclusivamente á los Cuerpos Legislativos enajenar ó ceder cualquier porción de territorio en actual posesión; mayormente en este caso, en que la cesión de Montevideo im­portaba un ataque á la integridad del Imperio Brasile­ro.—Sin embargo, reconociendo S. M. I. la importancia de una resolución terminante en negocios de esta natu­raleza; deseando mostrar á todas luces cuanto prefiere los principios de una política franca y verdadera; y juz­gando por los últimos esclarecimientos que ha recibido, que puede este Gobierno responder con seguridad y des­de ahora por sí en semejante materia, ordenó al abajo firmado la hiciese saber al dicho señor Comisionado: que aun cuando se consultase nuevamente la voluntad general de la Provincia Cisplatina por algún medio que su merced quisiese proponer, aun cuando esta voluntad se expresase, lo que no es creíble, por la incorporación, sea á Bue­nos Aires, sea á Portugal, sea á otra cualquier potencia, no podría el Gobierno Imperial dejar de reputarlea un ataque, hecho no solo a los verdaderos intereses del Estado Cisplatino, sino también á los derechos adquiridos con tantos sacrificios por el Brasil al referido Estado, pues que una Convencion solemne hecha entre este Estado y el Impe­rio del Brasil, á quien fue y es muy onerosa, no puede disolverse solo por el arrepentimiento de una de las partes contratantes, sino por el de ambas; y por tanto se vería obligado á defenderlo. Estos derechos son tan sagrados como el oríjen de que derivan; pues aun prescindiendo de antiguos tratados de límites celebrados por la Corona de España, basta considerar:—1.º Que estando los Monte­videanos entregados al despotismo del jefe Artigas, y aniquilada la Provincia por los furores de la guerra civil, no hallaron amparo ni potencia alguna sino en el Brasil, que los libró de aquel jefe feroz é hizo renacer la paz y la abundancia en su campaña, al mismo tiempo que ni Buenos Aires, ni la España, hicieran el menor sacri­ficio para ayudarlos y protejerlos.—2.º Que el Gobierno Brasilero hizo desde entonces inmensos y abultados gastos con aquella Provincia, de los que tiene tanto derecho á ser indemnizado, cuando hubiese de abandonarla, que la propia Corte de Madrid reconoció formalmente el derecho que teníamos á esa indemnización, cuando últimamente la misma Corte procuró, pero sin fruto, interesar á las principales Cortes de Europa en la restitución de Montevi­deo por S. M. F.—3.º Que después de sosegada y libre la Provincia facilitole S. M. F. la elección de su suerte sin coacción alguna y la Provincia legalmente representada en un Congreao, conociendo que el mismo derecho que tenía el Virreinato de Buenos Aires para desligarse de la Metrópoli, y el misino derecho que tenían otras Provincias del mismo Virreinato para separarse de Buenos Aires, tales como Córdoba, Tucuman, Santa Fe, Entre Ríos, etc., tenía también la misma Provincia de Montevideo para decidir de sus destinos, resolvió incorporarse al Brasil y siguió sucesivamente ratificando esta incorporación, sea por la aclamación de S. M. I., sea finalmente por las elecciones que acababan de hacer de un Diputado para la Asamblea General Brasilera.—Por tanto no puede el Gobierno de S. M. I., á vista de tan graves razones, entrar con el de Bue­nos Aires en negociación que tenga por base fundamental la cesión del Estado Cisplatino, cuyos habitantes no debe abandonar; principalmente cuando la convicción recípro­ca de los intereses procedentes de la incorporación, los empeños mutuamente contraídos, la fidelidad que tanto distingue á los Cisplatinos, y la dignidad del Imperio Bra­silero, son otros tantos obstáculos á cualquier negociación que los comprometa.—El abajo firmado, dirijiendo lo ex­puesto al conocimiento del señor Comisionado, espera que el Gobierno de Buenos Aires, apreciando en su sabiduría é imparcialidad los motivos que obstan á su pretension, se convenza de que el Gobierno Imperial obra como el pro­pio Gobierno de Buenos Aires obraría en semejantes circunstancias, y que mucho se alegrará de ver estrechadas cada vez con mas firmeza y dignidad las relaciones de buena armonía existentes entre los dos países.- El abajo firmado aprovecha esta ocasión de repetir al señor Comisionado del Gobierno de Buenos Aires las protestas de su mayor veneración y particular aprecio.—Palacio del Rio Janeiro, Febrero 6 de 1824.—Luis José de Carvallo y Meló.—Al señor don José Valentin Gomez, etc., etc.— (Traducido del original).— Estévan de Luca.

Fuentes:

Cronología Histórica Documentada – Tomo 3 – Walter Rela 

9 de Febrero

Fin de las negociaciones de Rivadavia con Brasil por la recuperación de la Provincia oriental

Se daban por rotas las negociaciones con la corte de Río con el memorandum en donde se sostenía que en ningún momento la Provincia Oriental había dejado de pertenecer al territorio de las Provincias Unidas del Río de la Plata. De esta manera ahora los orientales quedaban abandonados a su suerte. Contra la voluntad de Rivadavia y ante la intransigencia del Imperio del Brasil, el 9 de febrero de 1824 se daban por rotas las negociaciones con la corte de Río y los orientales quedaban abandonados a su suerte, ya que Rivadavia esperaba la próxima reunión del Congreso General Constituyente -convocado por ley del 27 de febrero del mismo año- para someter a su criterio la conducta que las Provincias Unidas debían observar frente al Imperio.

10 de Febrero

San Martín parte para Europa

Al llegar a Buenos Aires se lo acusó de haberse convertido en un conspirador. Desalentado por las luchas internas entre unitarios y federales, decidió marcharse del país con su hija, quien había estado al cuidado de su abuela. El 10 de febrero de 1824 partió hacia el puerto de El Havre (Francia). Tenía 45 años y era generalísimo del Perú, capitán general de la República de Chile y general de las Provincias Unidas del Río de la Plata. Luego de un breve período en Escocia, se instalaron en Bruselas y poco después en París. Ofreció sus servicios a las autoridades argentinas con motivo de la guerra con Brasil, solo después de la renuncia de Rivadavia a la presidencia, pero la guerra ya casi había terminado. 

Fuentes:

https://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_de_San_Mart%C3%ADn

14 de Febrero

Sublevación de parte de los Granaderos a Caballo.

La sublevación del Regimiento de Granaderos a Caballo tuvo lugar a consecuencia de la sublevación del Callao. Este regimiento de las Provincias Unidas del Río de la Plata fundado por José de San Martín era parte de la División de los Andes que operó en el Perú durante la guerra de independencia de ese país.

https://es.wikipedia.org/wiki/Sublevaci%C3%B3n_de_los_granaderos_a_caballo

27 de Febrero

da Costa sale de Montevideo con sus tropas de acuerdo a lo pactado con Lecor y se pone fin al dominio portugués

Entrada de Lecor a Montevideo. Emigración de un centenar de orientales a Buenos Aires.

A Rivera se le entrega la Comandancia General de la Campaña.

En noviembre de ese mismo año, (1823). Da Costa capituló al llegar barcos para su traslado. Apenas el general portugués abandonó Montevideo, Lecor entró con su ejército en la ciudad el 27 de febrero de 1824 y acaba la dominación portuguesa.

A modo de síntesis, transcribimos este juicio histórico:

“Las tentativas revolucionarias que se han detallado en sus hechos básicos han merecido la atención parcial de los historiadores argentinos como Cervera, Saldía, Busaniche, Beatriz Bosch y a ellas han consagrado importantes páginas los uruguayos De la Sota, De María, Fregeiro, Arcos Ferrand, Silva Valdés, pero ha faltado en la historiografía oriental un examen total del proceso. El éxito de la cruzada de los Treinta y Tres ha desviado la atención hacia tal acontecimiento, relegando a un segundo plano los hechos de los años 1822 y 1823 que le sirvieron de antecedente.

Cabe señalar que el fracaso del movimiento encerró, en el fondo, un valor positivo en el sentido de haber dejado una experiencia útil, mostrando a los patriotas, que no abandonaron la idea de independizar a su país, los errores que se habían cometido y la necesidad de evitarlos.

¿Cuáles fueron las causas de tal fracaso? Como razón fundamental debe indicarse la política rivadaviana. Se ha afirmado, y algunos documentos públicos emanados del político argentino lo fundamentan, que la idea de Bernardino Rivadavia fue posponer la recuperación de la Banda Oriental hasta la unificación de las provincias, con lo que se presentaría un frente unido al imperio, que tendría posibilidades de éxito.

Sin embargo, hay hechos que permiten sospechar que a Rivadavia no le interesaba la integridad nacional vulnerada por Portugal y Brasil y que su argumento de la inoportunidad era para dar satisfacción a la opinión pública, que clamaba por la libertad inmediata de los orientales. En efecto, basta recordar sus vinculaciones con Manuel García, ministro de Martín Rodríguez y factor de la invasión portuguesa de la Banda Oriental de 1816, así como las terminantes declaraciones que había hecho a Juan Francisco Seguí, secretario de Santa Fé, entonces en Buenos Aires cuando le expresaba que de ningún modo convenía a los intereses de las provincias franquear auxilios a los orientales, que él los había negado porque estaba persuadido del mal uso que harían de ellos contra las mismas provincias si lograban libertarse de los portugueses, que ya tenían experiencia de lo que eran los orientales, y que por tanto convenía más al país que los portugueses dominasen en aquella provincia.

Desde otro punto de vista cabe plantearse si esa unificación era factor imprescindible para emprender una lucha con éxito contra el imperio. Ante todo debe aclararse que la unificación no significaba en el lenguaje rivadaviano otra cosa que régimen unitario, como lo demostró el propio Rivadavia cuando torpedeó la iniciativa cordobesa de Bustos, que tenía tintes federales. La unificación era para el ministro de gobierno de Buenos Aires una unificación unitaria.

En: Narancio,Edmundo o.c. El orígen del Estado Oriental. Montevideo: 1948.

La Independencia de Uruguay, Madrid: 1989.

Cronología Histórica Documentada – Tomo 3 – Walter Rela 

28 de Febrero

Ocupación de Montevideo por las tropas Brasileñas – Fin de la conspiración de los Caballeros orientales. Dominación  Brasileña, que durará hasta diciembre 7 de 1828.

Las fuerzas portuguesas evacuan Montevideo que es ocupado por las fuerzas brasileñas. Lecor restablece su gobierno. Los involucrados en la conspiración emigran a Buenos Aires.  imprevistamente, las tropas portuguesas se retiran y se embarcan hacia Lisboa, permitiendo así que Lecor haga su entrada triunfal a la ciudad de Montevideo. De entonces en más, el político hábil, el diplomático sutil, dejaron paso al déspota duro que había creído perder su pequeño “reino personal” y las represalias contra aquellos que había luchado en el bando “portugués” o trabajado en pro de la Independencia, fueron perseguidos y en su mayoría, debieron huir y exiliarse en la Argén El 2 de mayo, por la fuerza, ahora desembozada, en la provincia Cisplatina se jura la Constitución del Imperio del Brasil y la fidelidad a don Pedro 1º, pero esta nueva dominación, no habría de durar mucho. Los patriotas que debieron dejar su patria, se reunían en Buenos Aires y Pedro Trápani y Juan y Antonio Lavalleja eran sus Jefes. Pronto, a fines del mismo año 1824, se estaba disponiendo todo para que una cruzada libertadora produjera un alzamiento general del pueblo para luchar por su independencia. Lavalleja se asila en Buenos Aires.

Crónicas de 2 siglos 1824-2024 – Nro. 48

Enero 1824

1 de enero 

Asume como gobernador de Salta, general Juan Antonio Álvarez de Arenales

Su administración fue ordenada y eficiente, procurando establecer un gobierno liberal en concordancia con el que Bernardino Rivadavia había establecido en Buenos Aires. Al año siguiente hizo una última campaña al Alto Perú, esperando luchar contra el último reducto realista en esas provincias; pero el general Pedro de Olañeta murió asesinado por sus propios soldados, y en definitiva no logró nada. Incluso fracasó en reincorporar a su provincia la región de Tarija, que había sido parte de la misma.

Envió tropas salteñas para colaborar en la Guerra del Brasil, librada entre las Provincias Unidas del Río de la Plata y el Imperio del Brasil a consecuencia de la decisión de la Banda Oriental de reincorporarse como una provincia rioplatense.

Fue reelecto gobernador de su provincia en 1826 y organizó una expedición de reconocimiento del río Bermejo con el objeto de evitar los ataques de los indígenas del Chaco.

https://es.wikipedia.org/wiki/Juan_Antonio_%C3%81lvarez_de_Arenales

22 de enero

Rebelión de Olañeta inicia la restauración absolutista en el Alto Perú.

El general Pedro Antonio Olañeta de ideas absolutistas, inicia la restauración absolutista en el Alto Perú, enfrentando a las tropas del virrey.  La Serna, quien era un militar liberal partidario de La Constitución. Su rebelión dividió las fuerzas realistas en un momento de recuperación del territorio y propició la derrota española. 

http://www.altorres.synology.me/guerras/1810_hispanoamerica/1824_olaneta.htm 

26 de enero

El rey Fernando VII dispone que no se negocie con los rebeldes de las colonias españolas de América el reconocimiento de su independencia.

Hasta después de la muerte de Fernando VII el gobierno español no tomó medidas a favor del reconocimiento del Río de la Plata: el 4 de diciembre de 1836 las Cortes españolas votaron unánimemente en pro del mismo. El 9 de Julio de 1859, Juan Bautista Alberdi, actuando como emisario extraordinario y plenipotenciario de la Confederación Argentina ante las Cortes de Londres y París, firmó en Madrid un tratado de «reconocimiento, paz y unidad» con el secretario de estado español Saturnino Calderón Collantes. El tratado fue ratificado el 25 de febrero de 1860.https://provinciasunidas.net/la-actitud-de-espana-hacia-el-gobierno-de-las-provincias-unidas-a-partir-de-1823-la-continuidad-de-la-politica-de-fernando-vii/

Crónicas de 2 siglos 1823-2023 – Nro. 47

Diciembre 1823

2 de diciembre

En su mensaje al Congreso de EE.UU. el Presidente James Monroe (1758-1831) (desde 1817 a 1825)

Viendo la realidad política internacional, Europa por un lado e Hispanoamérica por otro, declara que “América queda cerrada para la colonización europea” (Doctrina Monroe, o “América para los americanos”). La Doctrina Monroe, sintetizada en la frase «América para los americanos», fue elaborada por John Quincy Adams y atribuida al presidente James Monroe en el año 1823. Establecía que cualquier intervención de los europeos en América sería vista como un acto de agresión que requeriría la intervención de Estados Unidos.1​ La doctrina fue presentada por el presidente James Monroe durante su sexto discurso al Congreso sobre el Estado de la Unión. Fue tomado inicialmente con dudas y posteriormente con entusiasmo. Fue un momento decisivo en la política exterior de los Estados Unidos. La doctrina fue concebida por sus autores, especialmente John Quincy Adams, como una proclamación de los Estados Unidos de su oposición al colonialismo en respuesta a la amenaza que suponía la restauración monárquica en Europa y la Santa Alianza tras las guerras napoleónicas. https://es.wikipedia.org/wiki/Doctrina_Monroe Fragmento del discurso en: https://www.dipublico.org/8679/doctrina-monroe-fragmentos-del-septimo-mensaje-anual-al-congreso-de-los-estados-unidos-del-presidente-james-monroe-del-2-de-diciembre-de-1823/ 

4 de diciembre

SAN MARTÍN LLEGABA A BUENOS AIRES POR ÚLTIMA VEZ procedente de Mendoza.

Decidido a viajar a Europa con su hija Mercedes (que estaba al cuidado de su abuela), poner en orden sus asuntos y despedirse de Remedios fallecida en Agosto de ese año. Como en 1812 sabemos de la fecha de su arribo por los periódicos, en este caso EL ARGOS de Buenos Aires que en su número 99 del 11.Dic.1823 publicaba:

«Tenemos la satisfacción de anunciar al público el arribo a esta capital del general D. José de San Martín el día 4 de este mes. Sin traicionar los deberes de patriotas, no hay quien pueda mostrarse indiferente a la presencia de un héroe que ha coronado a la nación de tantos triunfos y laureles. Su alma más grande que la fortuna eché en olvido su persona por acordarse de la nuestra, y por un camino erizado de peligros elevó nuestra reputación y gloria nacional a un grado fuera de los cálculos de la esperanza. No es dudable que nuestros nobles conciudadanos le tributen las señales de gratitud que corresponden al beneficio. El Argos por su parte, después de celebrar como debe su feliz arribo, nada tiene que ofrecerle de los bienes de la fortuna, pero le ofrece de los suyos, quiere decir, su reconocimiento y voluntad«. 

El Libertador permanecería en BA solamente un poco más de dos meses hasta embarcarse el 10.Feb.1824 junto a Mercedes y a su fiel criado Eusebio Soto, rumbo a Francia.

«»San Martín. Más allá del bronce»» (Juan Marcelo Calabria y Roberto Colimodio).

31 de diciembre

Se procede a la elección de cabildantes (en su mayoría patriotas partidarios de la independencia) que rechazan la actitud de Lecor de incorporar la Provincia Oriental al Brasil.

Crónicas de 2 siglos 1823-2023 – Nro. 46

Noviembre 1823

Campaña contra José de la Riva Agüero, expresidente del Perú, pasado a los realistas.

https://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_de_la_Riva_Ag%C3%BCero

3 de noviembre

El presidente José de la Riva-Agüero envía una carta a José de La Serna (exvirrey español del Perú), pidiendo el establecimiento del Reino del Perú, independiente de España, pero colocando en el trono a un príncipe español.

7 de noviembre

En Madrid es ejecutado públicamente el general Riego, que el 1 de enero de 1820 se había sublevado en Las Cabezas de San Juan (Sevilla), en el denominado Pronunciamiento de Riego.

12 de noviembre

Disolución de la Asamblea Constituyente de Brasil Don Pedro se habia visto obligado a clausurar la Constituyente, por ir a un reformismo liberal que habría puesto al monarca a disposición de los Andrada. Se derogo la Ley de Prensa y los Andrada y sus partidarios fueron expulsados. El 15 de marzo de 1824 Don Pedro impuso una constitución que daba al poder moderador(El nonarca) la designación del senado y practicamente de los diputados. Jose Maria Rosa, Historia Argentina Tomo 4

18 de noviembre

En el Pastoreo de Pereira (costas del Miguelete) los Brg. Grales. Lecor y da Costa transan las condiciones para el retiro de las tropas de Montevideo comandadas por el segundo y entrada de las de Lecor.

26 de noviembre

El Gral. argentino Estanislao Soler llega a Canelones y se entera por Lecor del acuerdo suscrito por éste con el Brg. da Costa

La actitud de España hacia el gobierno de las Provincias Unidas a partir de 1823: la continuidad de la política de Fernando VII

El retorno de Fernando VII al poder y la caída del gobierno constitucional en España volvió a hacer fracasar el débil contacto logrado entre Buenos Aires y Madrid. Mientras vivió Fernando VII, la Corona española alentó la ilusión de recuperar sus ex colonias sudamericanas. No fue suficiente la derrota sufrida por el Ejército Real del Perú en la batalla de Ayacucho para modificar esta actitud, y era un claro síntoma de la misma la respuesta del ministro español Cea Bermúdez, ante la noticia del reconocimiento británico a la independencia de México, Colombia y Buenos Aires, expresada en enero de 1825. Bermúdez decía en aquella ocasión: «El Rey no consentirá jamás el reconocer los nuevos Estados de América española, y no dejará de emplear la fuerza de las armas contra los súbditos rebeldes de aquella parte del mundo». (1) 
    Tras el paréntesis que impuso la revolución liberal de Riego en 1820, la década de 1823 a 1833 fue difícil para el retornado Fernando VII. Una vez más soberano, creyó que podía hacer retornar a las provincias americanas a la lealtad a la corona. Pero se encontró en la compleja posición de un soberano con tendencias absolutas que debía ser moderado y conciliador para conservar la aprobación y apoyo de los poderosos aliados europeos, y al mismo tiempo, otorgar la imagen de firmeza que demandaban los ultrarrealistas en el plano interno. Como resultado de estos factores interactuantes, nuevamente Fernando VII debió recurrir a una política de doble faz destinada a apaciguar tanto a los ultrarrealistas, que temían la revolución, como a los aliados europeos, que aconsejaban la moderación.
    Pero esta política no tenía futuro. España era demasiado débil para actuar efectivamente en el Nuevo Mundo. Además, el firme rechazo de Fernando VII a aprobar el reconocimiento de los estados americanos complicó las relaciones de España con otros actores importantes de la escena internacional. Estados Unidos y Gran Bretaña estaban especialmente ansiosos de remediar una situación que no sólo amenazaba sus intereses comerciales sino que invitaba a la intervención extranjera en América latina.
    Luego de rever la historia de las relaciones hispano-argentinas desde 1808 a 1833 se debe reconocer la dificultad y tal vez la imposibilidad de delinear una política dirigida específicamente al Río de la Plata por parte del rey  Fernando VII. La política real fue colonial, el rey veía al Imperio español en América como un todo, una unidad, no consideró colonias individuales excepto cuando las circunstancias focalizaron su atención en un área particular de crisis. Es claro que el rey nunca intentó reconocer la independencia de la República Argentina. Pero tampoco contó con recursos efectivos para dirigir expediciones simultáneas a todos los focos revolucionarios en las colonias. La expedición de Morillo fue un acabado ejemplo de esta situación. Originalmente diseñada para actuar en el Río de la Plata, se desvió luego hacia el norte sudamericano, procurando sofocar focos que para la Corona española resultaban más preocupantes, como el caso de Venezuela y Nueva Granada. Esta falencia material de la metrópoli y la percepción metropolitana de la relativa irrelevancia del Río de la Plata como foco revolucionario permitió otorgar oxígeno a un Estado protoargentino en permanente estado de anarquía y jaqueado por la presencia amenazante de los portugueses y de la Banda Oriental artiguista. Las dificultades financieras por las que atravesaba España podrían haber sido resueltas si ésta hubiera reconquistado el control de las colonias y sus recursos materiales, pero esto era imposible sin una expedición armada, demasiado cara para una España empobrecida. Era un círculo vicioso. (2)
    Fernando VII se negó al reconocimiento del Rio de la Plata pues veía el proceso separatista nacido en Buenos Aires como una injuria a su dignidad real. Su insistencia en la vía de las armas provocó la reacción negativa de Gran Bretaña, en tanto el Río de la Plata negociaba sólo sobre la base de la independencia. No hubo un plan efectivo para reconquistar el Rio de la Plata luego de 1823; puede decirse que esta área se perdió definitivamente cuando la expedición de Cádiz fue abortada por la revolución liberal de Riego de 1820. En síntesis, la política de Fernando VII hacia el Río de la Plata fue de no compromiso, y quizá pudo haber actuado con más rapidez y con menos duplicidad o ambigüedad, pero la facción ultrarrealista no habría aprobado ningún compromiso del rey con las ex colonias. Este factor llevó al monarca español a no tener espacio para innovar en su política respecto de la región rioplatense. (3)
    Hasta después de la muerte de Fernando VII el gobierno español no tomó medidas a favor del reconocimiento del Río de la Plata: el 4 de diciembre de 1836 las Cortes españolas votaron unánimemente en pro del mismo. El 9 de Julio de 1859, Juan Bautista Alberdi, actuando como emisario extraordinario y plenipotenciario de la Confederación Argentina ante las Cortes de Londres y París, firmó en Madrid un tratado de «reconocimiento, paz y unidad» con el secretario de estado español Saturnino Calderón Collantes. El tratado fue ratificado el 25 de febrero de 1860.

  • NOTAS
  1. José M. Mariluz Urquijo, Los proyectos españoles para reconquistar el Río de la Plata, 1820-1835, Buenos Aires, 1958 y Edmundo A. Heredia, Planes españoles para reconquistar Hispano-América, 1810-1818, Buenos Aires, 1975, fuentes citadas en Isidoro J. Ruiz Moreno, op. cit., p. 9.
  2. Charles Wentz Fehrenbach, «Moderados and exaltados: the Liberal Opposition to Fernando VII, 1814-1832», Hispanic American Historical Review, I (1970), 59-60, cit. en A. M. Rhodes, op. cit., pp. 204-206.
  3. Ibid., p. 214.
  4. Tomado de la web inaccesible del libro: Historia general de las relaciones exteriores de la República Argentina es una obra de 14 tomos, disponible en las principales librerías argentinas, que asume el desafío de examinar, sin mitologías chauvinistas, las relaciones externas de este país desde las invasiones inglesas de 1806 hasta el final del gobierno de Alfonsín en 1989. Sus Autores: Directores: Andrés Cisneros y Carlos Escudé, Colaboradores principales: Leonor Machinandiarena de Devoto, Francisco Corigliano, Alejandro Corbacho, Ana Margheritis. Colaboradores secundarios: Kristin Ruggiero, Laura Tedesco, Marisa González de Oleaga, Marina Carbajal, Rut Diamint, Constanza González Navarro, Lara Manóvil, María Fernanda Tuozzo

Decreto de creación de la Provincia Oriental del Río de la Plata


Creación de la Provincia Oriental del Rio de la Plata.

Sacudir el yugo de la dominación peninsular, y tener en nuestro propio destino el influjo que concede la naturaleza á todos los pueblos; he aquí el grande objeto de las Provincias del Rio de la Plata. No hay un solo esfuerzo que no pertenezca á estos honrosos designios; pero no todo lo que es capaz de caracterizar los límites de nuestro influjo, puede ser desde ahora prevenido en nuestras supletorias instituciones. Es preciso que el tiempo y la esperiencia anuncien la época de la voluntad pública; es preciso que la fuerza unida confirme esos sagrados derechos que sin ella no son sinó el ludibrio de los déspotas; es preciso en fin adquirir nuestro propio suelo, ántes de establecer la forma recíproca que debe asegurar nuestros intereses territoriales. Sin esto las leyes no tienen sinó una influencia prestada, los proyectos no son sinó quimeras, y la felicidad apenas dura lo que el sueño inquieto de un viajero errante.

Estas han sido siempre por lo mismo las intenciones del Gobierno: salvar la Patria, y reservar á los pueblos el derecho de fijar su constitucion, sea la que fuese es todo su conato. Ni como podria ser otro cuando al presente lo único que reclaman nuestras circunstancias debe ser la direccion central de los negocios de la guerra; y para lo futuro nada es posible exigir ni aun desear sinó lo que la voluntad general ordene. Podrá haber acaso quien la resista impunemente. Si alguno atentase contra ella, todos los hombres libres deberian decretar su muerte sin demora.

Y consultando en esta virtud el Director Supremo los medios de hacer sensibles los principios de liberalidad y justicia que han animado siempre al Gobierno de las Provincias Unidas, ha venido en espedir el siguiente decreto:

El Director Supremo de las Provincias Unidas del Rio de la Plata.—Considerando que el territorio de la Banda Oriental por su estension, fertilidad, situacion topográfica, y crecida poblacion debe formar por sí solo una parte constituyente del Estado, para que teniendo igualdad de derechos con las demás provincias, y recibiendo las mejoras de que es susceptible bajo la forma de una nueva administracion encargada al celo de un Gefe dignamente decorado pueda contribuir en aptitud mas digna con mas independencia y actividad á la defensa de la Patria, y engrandecimiento del Estado: he venido en declarar como declaro por el presente Decreto: que todos los pueblos de nuestro territorio con sus respectivas jurisdicciones, que se hallan en la Banda Oriental del Uruguay, y Oriental Septentrional del Rio de la Plata formen desde hoy en adelante una de las Provincias Unidas con .denominacion de Oriental del Rio de la Plata: que será regida por un Gobierno Intendente con las facultades acordadas á los Gefes de su clase: que la residencia del Gobernador Intendente será por ahora en el punto que pueda llenar mejor las atenciones del Gobierno hasta que en oportunidad se señale la Ciudad Capital de la Intendencia; y que dicha Provincia sea gobernada bajo la misma forma y con las mismas prerogativas que las demás que integran el Estado. Cuyo Decreto se comunicará á quienes corresponda, se publicará por bando en el Ejército Sitiador, y Pueblos de la Banda Oriental, y se insertará en la Gaceta, archivándose el original en mi Secretaria de Estado y Gobierno, y de que se dará cuenta á la Soberana Asamblea.

Buenos Aires, 7 de Marzo de 1814.

Gervasio Antonio de Posadas.

Nicolás de Herrera,
Secretario.

Instrucciones del Año XIII

Instrucciones a los Representantes del Pueblo Oriental para el desempeño de su encargo
en la Asamblea Constituyente fijada en la Ciudad de Buenos Aires el 13 de Abril de 1813

Primeramente pedirá la declaración de la independencia absoluta de estas colonias, que ellas están absueltas de toda obligación de fidelidad a la corona de España, y familia de los Borbones, y que toda conexión política entre ellas y el Estado de España, es, y debe ser totalmente disuelta.

2 No admitirá otro sistema que el de confederación para el pacto recíproco con las provincias que formen nuestro Estado.
3 Promoverá la libertad civil religiosa en toda su extensión imaginable.
4 Como el objeto y fin del Gobierno debe ser conservar la igualdad, libertad y seguridad de los ciudadanos y de los Pueblos, cada Provincia formará su gobierno bajo esas bases, a más del Gobierno Supremo de la Nación.
5 Así este como aquél se dividirán en poder legislativo, poder ejecutivo y poder judicial.
6 Estos tres resortes jamás podrán estar unidos entre sí, y serán independientes en sus facultades.
7 El Gobierno Supremo entenderá solamente en los negocios generales del Estado. El resto es peculiar al Gobierno de cada Provincia.
8 El territorio que ocupan estos pueblos de la costa del Oriente del Río Uruguay hasta la fortaleza de Santa Teresa forma una sola Provincia, denominante: La Provincia Oriental.
9 Que los siete pueblos de Misiones, los de Batoví, Santa Teresa, San Rafael y Tacuarembó, que hoy ocupan injustamente los portugueses, y a su tiempo deben reclamarse, serán en todo tiempo territorio de esta Provincia.
10 Que esta Provincia por la presente entra separadamente en una firme liga de amistad con cada una de las otras, para su defensa común,seguridad de su libertad, y para su mutua y general felicidad, obligándose a asistir a cada una de las otras contra toda violencia o ataques hechos sobre ellas, o sobre alguna de ellas, por motivo de religión, soberanía, tráfico, o algún otro pretexto, cualquiera que sea.
11 Que esta Provincia retiene su soberanía, libertad e independencia, todo poder, jurisdicción y derecho que no es delegado expresamente por la Confederación a las Provincias Unidas juntas en Congreso.
12 Que el puerto de Maldonado sea libre para todos los buques que concurren a la introducción de efectos y exportación de frutos, poniéndose la correspondiente aduana en aquel pueblo; pidiendo al efecto se oficie al comandante de las fuerzas de Su Majestad Británica sobre la apertura de aquel puerto para que proteja la navegación, o comercio, de su nación.
13 Que el puerto de Colonia sea igualmente habilitado en los términos prescriptos en el artículo anterior.
14 Que ninguna tasa o derecho se imponga sobre artículos exportados de una provincia a otra; ni que ninguna preferencia se dé por cualquiera regulación de comercio, o renta a los puertos de una provincia sobre los de otra; ni los barcos destinados de esta provincia a otra serán obligados a entrar, anclar o pagar derechos en otra.
15 No permita se haga ley para esta provincia sobre bienes de extranjeros que mueren intestados, sobre multas y confiscaciones que aplicaban antes al Rey, y sobre territorios de este, mientras ella no forma su reglamento y determine a qué fondos deben aplicarse, como única al derecho de hacerlo en lo económico de su jurisdicción.
16 Que esta provincia tendrá su constitución territorial; y que ella tiene el derecho de sancionar la general de las Provincias Unidas que forme la Asamblea Constituyente.
17 Que esta Provincia tiene derecho para levantar los regimientos que necesite, nombrar los oficiales de campaña, reglar la milicia de ella para la seguridad de su libertad, por lo que no podrá violarse el derecho de los pueblos para guardar y tener armas.
18 El despotismo militar será precisamente aniquilado con trabas constitucionales que aseguren inviolable la soberanía de los pueblos.
19 Que precisa e indispensable, sea fuera de Buenos Aires. donde resida el sitio del gobernador de las Provincias Unidas.
20 La constitución garantizará a las Provincias Unidas una forma de gobierno republicana, y que asegure a cada una de ellas de las violencias domésticas, usurpación de sus derechos, libertad y seguridad de su soberanía, que con la fuerza armada intente algunas de ellas sofocar los principios proclamados. Y así mismo protestará toda su atención, honor, fidelidad y religiosidad, a todo cuanto crea, o juzgue, necesario para preservar a esta Provincia las ventajas de la libertad y mantener un gobierno libre, de piedad, justicia, moderación e industria. Para todo lo cual, etcétera.