ACUERDO DE TRES ÁRBOLES

Paraje Tres Arboles – Potreros del Queguay –

Provincia Oriental

Partido de Vera (actual: Departamento de Paysandú – Uruguay)

Según el almirante Sena Pereyra, cuando Artigas cruzó el Uruguay, después de Tacuarembó, Rivera, desacatando la orden de incorporarse a su jefe, se internó al frente de 200 hombres, en dirección al Queguay; y en esa circunstancia, marchó a su encuentro, Bento Manuel, con ánimo de forzarlo a combatir o negociar, pudiendo realizar esto último, con la mediación de don Julián Espinosa.

Fuente: Anales Históricos del Uruguay. Ed. Casa Barreiro y Ramos, 1933.

Autor: Eduardo Acevedo (después de la batalla de Tacuarembó, 22.01.1810)

En el campamento de Tres Arboles, el veintidós de febrero de mil ochocientos veinte, convocados todos los jefes y oficiales de las divisiones, por orden del señor comandante en jefe, don Fructuoso Rivera, para discutir acerca de los intereses de la patria, y determinar lo más conveniente, con presencia de la comunicación dirigida por los señores comisionados del Exmo. Gobierno de la capital de Montevideo, fecha a once del corriente, en el Pueblo de San José, se reunieron en la tienda del referido señor comandante en jefe, los señores: don Juan Ramos, y don Felipe Duarte, jefes de División; el capitán ayudante mayor, Don Bernabé Sáenz; los capitanes: don Pedro Amigo, don Julián Laguna, don Ramón Mamilla, don Camilo López, don Leonardo Fernández, don Cesáreo Montenegro, don Domingo Sánchez, don José Garrido, don Leandro Dutra, don Cayetano Piris y don Tomás Paredes; los tenientes y ayudantes mayores: don Juan José Martínez, don Félix Artigas, don Zervando Gómez y don José Salado; los tenientes: don Pedro Correa, don Basilio Araujo, don Carlos Romero, don Gregario Salado, don Francisco Zaz, don Gregario Paniagua, don Santiago Piris, don Francisco Osario, don Antonio Sonsona, don Juan Toribio López, don Felipe Caballero, don Lucas Sánchez, don Juan Santander, don José Ignacio Ayala, don Claudio, Berdún, don Felipe Riera, don Segundo Yedras, don Justo Machuca, y don Francisco Villagra; los subtenientes: don Gregario Ludueña, don Melchor Oviedo, don Bernardino Benítez, don Antonio Sánchez, don Martín Benítez, don Juan Lorenzo Cardoso, don Antonio Muñoz, don Domingo Castro, don Andrés Sosa, don Miguel Sainz, don Aniceto Almada, don Mariano Sotelo, don Andrés Albarado, don Enrique Sosa, don Manuel Antonio Chavar1’Ía, don Vicente Díaz, don Gregario Berdún, don Carlos Bargas, don Juan Zeijas, y don Antonio Benítez, y leído en alta voz el Oficio que condujo en clase de enviado el ciudadano Julián de Gregario Espinoza, todos los oficiales uniformemente dijeron, que para concluir negocio de tanta importancia, con la madurez, celo patriótico, pulso, y brevedad que exigían las circunstancias, conferían todo su poder, y autorizaban espontáneamente a los señores: don Juan Ramos, don Felipe Duarte, don Bernardo Sáenz, don Pedro Amigo, y Leonardo Fernández, para que presididos por el señor comandante en jefe, don Fructuoso Rivera, y bien instruidos de los documentos concernientes al particular, deliberasen de la suerte de la provincia del modo más conforme para salvar sus derechos, y Libertad, procedieron acto continuo (empeñada su palabra de honor bajo las formalidades de estilo) a la discusión, y suficientemente debatido de la materia, cuestión que fueron de unánime parecer que se reconociese, y prestase obediencia por todos los jefes, oficiales, soldados, y vecinos que hoy existen al 1nando del señor comandante en jefe, don Fructuoso Rivera, al Exmo. Gobierno de la capital de Montevideo, como instalado por los buenos patriotas que desean los adelantamientos del país, la conclusión de la guerra, destrucción de la anarquía, y felicidad de todos los habitantes del territorio, bajo las condiciones siguientes:

1ª. Qué el expresado señor comandante en jefe, don Fructuoso Rivera, quedará a la cabeza de toda la división en el píe que se halla en la actualidad, con el título, y preeminencias que hoy goza, lo mismo que los demás jefes, y oficiales.

2ª. Qué toda división del mando del expresado señor comandante en jefe, estará a la Orden, y disposición del Exmo. Gobierno de la capital de Montevideo, para hacer respetar su autoridad, y defender en ella los derechos del país de cualquier enen1.igo1 que quiera atacarla,

3ª Qué toda división, velará sobre la campaña, desde la costa de esta parte del Yí, hasta las márgenes del Uruguay, estableciendo el orden, y haciendo respetar las autoridades constituidas para la buena administración de justicia, seguridad individual y propiedades.

4ª. Qué lograda la tranquilidad del territorio, quedará toda la división, con el título de Milicia Provincial, mandada por el mismo comandante en jefe, y respectivos oficiales.

5ª. Qué ningún título ni pretexto, se obligará a ninguno de los jefes oficiales, y soldados, a servir fuera del territorio, ni dentro mismo bajo las órdenes de otro comandante que las del señor comandante en jefe, don Fructuoso Rivera.

6ª. Qué se mantendrán en el mismo pie que antes, las relaciones comerciales con Buenos Aires y demás provincias vecinas.

7ª. Qué a todo individuo residente en el territorio, le será libre, mudarse del mismo, cuando le parezca conveniente, disponiendo libremente y como mejor le convenga, de todos los bienes que posea como legítimo dueño.

8ª. Qué igualmente, será libre a todo individuo an1erícano que, por disensiones políticas, haya abandonado este territorio, regresar cuando bueno le pareciese, a recoger sus intereses o establecerse de nuevo.

9ª. Qué el señor comandante en jefe dispondrá de todos los terrenos baldíos, lo mismo que de todo el número de ganado que crea necesario a favor de todos los vecinos americanos que han padecido quebrantos por la guerra prefiriéndose en la indemnización a todos los militares que hayan servido a favor de las viudas, y huérfanos, dando cuenta docun1entada al Exmo Gobierno para su satisfacción.

Finalmente: Qué todos los jefes oficiales, soldados, y vecinos están íntimamente persuadidos de que el Exmo. Gobierno de la capital, atendiendo a los grandes, y remarcables sacrificios que ha hecho la provincia, no tratará más que de su prosperidad, y adelantamientos oyendo, y promoviendo todo lo que contribuya al efecto, protegiendo a todo el territorio contra cualquiera de los males que puedan sobrevenir/e.

En este estado, todos los señores que suscriben unánimemente, mandaron que se leyese en alta voz esta determinación ante toda la oficialidad, para que instruida de su contenido viese, y examinase si todo estaba conforme a su voluntad, y deseos, lo mísn10 que a garantir sus derechos; y todos universalmente contestaron que adoptaban, y aprobaban gustosos todo cuanto se expresa en el acta celebrada, prometiendo que bajo su palabra de honor sostendrían cuanto en ella se contiene; en cuya virtud los señores que compusieron la junta fueron de parecer que se dirigiese esta determinación a los señores comisionados del Exmo. Gobierno de la capital de Montevideo, por mano del ciudadano, Julián de Gregario Espinoza, quien, acompañado por el señor capitán, don Pedro Amigo, significará los buenos deseos que animan a esta división por la Paz, la Concordia, y la Tranquilidad pública de este territorio, que ha sido afligido tantos años por los niales de la guerra: y para que en todo tiempo conste lo firmado los dichos señores de la junta en el propio día, mes, y año.

Fructuoso Rivera, Juan Ramos, F. Duarte, Bernavé Sáenz, Pedro Amigo y Leonardo Fernández, como capitán secretario.

Documento con escritura actualizada del manuscrito original, conservado en el Archivo General de la Nación.  Fondo Archivos Particulares. Archivo de Juan J. Durán. Caja 25. Carpeta 2. Año 1820.

En el Archivo Público Nacional de Río de Janeiro, Brasil, sección Histórica, en un manuscrito original, con fecha de 5 de marzo de 1820, el Barón de la Laguna Carlos Federico Lecor, le escribe al ministro de la Real Hacienda y Asuntos Exteriores y Guerra del rey Juan VI, Thomaz Antonio de Villanova Portugal, que Fructuoso Rivera, entendió la necesidad de la pacificación; y está en camino a entenderse con él, acompañado por 400 hombres y 4.000 caballos.

Fuente: https://upload.wikimedia.org/wikipedia/commons/2/2a/Acuerdo_de_Tres_%C3%81rboles.jpg

Crónicas de 2 siglos 1820-2020 – Nro. 27

Marzo de 1822

1822 si bien se consolida la ocupación luso-brasileña de la Provincia Oriental, también comenzarán a despertar intentos revolucionarios que serán los antecedentes de 1825. Por otro lado y de importancia es el reconocimiento de las Provincias Unidas del Río de la Plata como un nuevo estado soberano e independiente por parte de EEUU.

4 de marzo

Estatuto provisorio constitucional de la Provincia de Entre-Ríos en el de La Plata en la América del Sur. 

Sancionado y publicado en 4 de marzo del año 1822. Por el H. Congreso provincial de ella reunido en la villa capital del paraná En 6 de Diciembre del año 1821

Fue la primera constitución sancionada por una provincia argentina. 

Fuente: 

https://es.wikisource.org/wiki/Estatuto_Constitucional_de_Entre_R%C3%ADos_(1822)

https://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_de_la_Provincia_de_Entre_R%C3%ADos

Participante: Lucio Norberto Mansilla

20 de marzo                           

Motín militar en Montevideo de los Voluntarios Reales del Rey.

La entrada del Brg. Gral. Carlos Federico Lecor en Montevideo como Gobernador y Capitán General inmediatamente de su capitulación (enero de 1817) y alentada por la minoría del Cabildo de la ciudad que lo recibió con solemnidad, marca el inicio de la Administración Portuguesa. Con la pacificación de la Campaña Oriental (1820), se afirma toda una política de dominación administrativa y militar, para la que los portugueses contaron con la adhesión de cabildantes serviles, comerciantes y hacendados, en suma, todos los que de una forma u otra se beneficiaron del nuevo régimen.

Pero la cambiante situación política en Europa y en particular la de la Corte Lisboeta, que obligan al rey Juan VI a regresar a Portugal con la consecuente Regencia del Príncipe Pedro de Alcântara, llevarán rápidamente a la independencia de Brasil el 7 de septiembre de 1822.

Esto se reflejará en la llamada Provincia Cisplatina con la dura lucha política entre las fuerzas portuguesas de Voluntarios Reales del Rey comandadas por el Brg. Gral. Alvaro da Costa de Sousa Macedo con asiento en Montevideo y las que obedecen a Lecor que estableció su cuartel general primero en Canelones y luego en San José.

Entre los años 1822 y 1823 hubo varios intentos revolucionarios que por distintas circunstancias (internas y regionales) fracasaron, pero abrieron la perspectiva de la gloriosa Cruzada Libertadora del año 1825.

Participantes: Lecor, Alvaro da Costa de Sousa Macedo

Fuentes:  Walter Rela, Cronología histórica Documentada. Tomo III   

28 de marzo

Reconocimiento  de las Provincias Unidas del Río de la Plata, como un nuevo estado soberano e independiente por parte de EEUU.   

Durante el gobierno de MARTÍN RODRÍGUEZ, en Washington,  la Cámara de Representantes (Diputados) de los Estados Unidos de Norteamérica, aprobó por 167 votos a favor y sólo uno en contra, los términos de una resolución que establecía el reconocimiento  de las Provincias Unidas del Río de la Plata, como un nuevo estado soberano e independiente. Poco después  el Senado lo ratificó con 39 votos a favor y  3 en contra y designó a  CAESAR A. RODNEY como su primer representante diplomático ante el gobierno de Buenos Aires, que designó a su vez como Ministro Plenipotenciario ante Washington, al General Carlos María de Alvear. 

Fuentes:

29 de marzo

Lecor se dirige por oficio al Ministro de Exterior de Portugal, Pinheiro Ferreira, anunciándose que la Prov. Cisplatina está bajo la protección del Brasil.   

Fuentes:  

Walter Rela, Cronología histórica Documentada. Tomo III